«Que modifica el artículo 2 del Decreto Ejecutivo No.521 de 6 de agosto de 2018, que suprime el requisito de Visa para ingresar a la Republica de Panamá, en calidad de turista, a los extranjeros que poseen Visa de los siguientes países: Canadá, Estados Unidos, Mancomunidad de Australia, República de Corea, Estado del Japón, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República de Singapur y cualquiera de los Estados que conforman la Unión Europea.»
El presente Decreto modifica el artículo 2 del Decreto Ejecutivo No.521 de 6 de agosto de 2018, quedando así:
Artículo 2: Al momento de ingresar a territorio panameño, los ciudadanos extranjeros deberán mantener una visa vigente otorgada por uno de estos países: Canadá, Estados Unidos, Mancomunidad de Australia, República de Corea, Estado del Japón, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República de Singapur y cualquiera de los Estados que conforman la Unión Europea.
Se deroga el Decreto Ejecutivo No.591 de 28 de diciembre de 2016 y el Decreto Ejecutivo No. 114 del 4 de abril de 2018.





